Alcance general de las prestaciones
Las prestaciones comprenden asistencia y asesoramiento en cuestiones fiscales y planificación a fin de conseguir ahorro fiscal.
- en la solicitud de tasación del impuesto sobre la renta
- en la declaración del impuesto sobre la renta si obtiene
- ingresos procedentes de un trabajo por cuenta ajena u otros ingresos procedentes de cobros reiterados (p. ej. procedentes del régimen legal de la seguridad social para pensiones, § 22, nº. 1 de la Ley del Impuesto sobre la Renta),
- ingresos procedentes de prestaciones de manutención o
- ingresos procedentes del capital, alquileres y arrendamientos u operaciones especulativas (negocios de enajenación privados), siempre y cuando las cantidades así obtenidas no sobrepasen en total los 13.000 euros, en caso de tributación conjunta con el cónyuge la cifra límite serán 26.000 euros
- en la solicitud de reducción del impuesto sobre el salario
- en el suplemento al ahorro del trabajador
- en caso de subsidio familiar por hijos conforme a las prescripciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta
- en caso de ayuda estatal para la obtención de una vivienda en propiedad conforme a la Ley de Ayuda Estatal a la Obtención de Vivienda en Propiedad (ayuda básica y suplemento por hijo)
- en caso de ayudas a la vivienda en propiedad conforme al derecho antiguo y nuevo, inclusive suplemento por hijos (§§ 10e, 10i, 34f de la Ley del Impuesto sobre la Renta)
- en caso percibir ayudas del subsidio adicional de vejez ("pensión Riester") conforme a la Ley del Patrimonio para la Tercera Edad (sólo en el marco de la facultad de asesoramiento tributario limitada)